Décimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito· tema sin holding extraído
CONFIRMA el sobreseimiento y declara SIN MATERIA las revisiones adhesivas.
Aun cuando pudiera considerarse que las disposiciones legales reclamadas, efectivamente, constituyen un sistema normativo lo cierto es que, con motivo de su entrada en vigor, no modifican en perjuicio de la quejosa su esfera jurídica, pues si bien aparentemente en la fracción IX del artículo 29 se establece un nuevo requisito que deben cumplir los comprobantes fiscales digitales, lo cierto es que lo dispuesto en la referida fracción no implica desincorporar de la esfera jurídica de los contribuyentes algún derecho que les asistiera, ya que previamente a la entrada en vigor del referido Decreto, no gozaban de la prerrogativa a expedir comprobantes fiscales digitales que ampararan operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos irreales, por lo que la previsión de dicho requisito no provoca un perjuicio con motivo de su entrada en vigor, más allá de que pueda constituir un mandato normativo que refleja una situación jurídica preexistente.
Incluso, lo previsto en el artículo 49 bis impugnado, si bien permite que la autoridad fiscal competente ordene la suspensión de la emisión de los referidos comprobantes, incluso que aquella determine que el contribuyente respectivo no desvirtuó la presunción de falsedad de los comprobantes fiscales digitales por internet emitidos, por lo que se consideren falsos con efectos generales y que, por ende, las operaciones contenidas en ellos no producen ni produjeron efecto fiscal alguno, aplicándose lo dispuesto en el artículo 17-H, fracción XIII, del Código Fiscal de la Federación, lo cierto es que también constituyen disposiciones generales cuyo perjuicio se encuentra condicionado al ejercicio de las respectivas facultades de comprobación.
Expediente
347/2026
Tribunal
Décimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito
Ponente
Rafael Coello Cetina
Fecha
20 ago 2026
Materia
administrativa
Sentido
sobresee
Tema · autorreporte del tribunal
CONFIRMA el sobreseimiento y declara SIN MATERIA las revisiones adhesivas.
Aun cuando pudiera considerarse que las disposiciones legales reclamadas, efectivamente, constituyen un sistema normativo lo cierto es que, con motivo de su entrada en vigor, no modifican en perjuicio de la quejosa su esfera jurídica, pues si bien aparentemente en la fracción IX del artículo 29 se establece un nuevo requisito que deben cumplir los comprobantes fiscales digitales, lo cierto es que lo dispuesto en la referida fracción no implica desincorporar de la esfera jurídica de los contribuyentes algún derecho que les asistiera, ya que previamente a la entrada en vigor del referido Decreto, no gozaban de la prerrogativa a expedir comprobantes fiscales digitales que ampararan operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos irreales, por lo que la previsión de dicho requisito no provoca un perjuicio con motivo de su entrada en vigor, más allá de que pueda constituir un mandato normativo que refleja una situación jurídica preexistente.
Incluso, lo previsto en el artículo 49 bis impugnado, si bien permite que la autoridad fiscal competente ordene la suspensión de la emisión de los referidos comprobantes, incluso que aquella determine que el contribuyente respectivo no desvirtuó la presunción de falsedad de los comprobantes fiscales digitales por internet emitidos, por lo que se consideren falsos con efectos generales y que, por ende, las operaciones contenidas en ellos no producen ni produjeron efecto fiscal alguno, aplicándose lo dispuesto en el artículo 17-H, fracción XIII, del Código Fiscal de la Federación, lo cierto es que también constituyen disposiciones generales cuyo perjuicio se encuentra condicionado al ejercicio de las respectivas facultades de comprobación.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.