El proceso legislativo de las normas que imponen la obligación de llevar contabilidad electrónica, así como su refrendo y publicación, son actos formal y materialmente legislativos que deben ser impugnados en amparo indirecto, y su inconstitucionalidad puede ser declarada si se demuestra la transgresión a los principios de subordinación jerárquica y de reserva de ley.
El Juzgado de Distrito sobresee el juicio de amparo respecto de la aplicación de disposiciones fiscales y la expedición de resoluciones misceláneas fiscales, al considerar que son actos formal y materialmente legislativos. Sin embargo, concede el amparo respecto del proceso legislativo del artículo 53-B, fracción IV, segundo párrafo, del Código Fiscal de la Federación, y su reforma, al estimar que la sola circunstancia de no ejercer el derecho de prueba en un procedimiento de revisión electrónica no puede dar lugar a exigir el pago de una preliquidación mediante ejecución fiscal. Por lo tanto, cualquier acto emitido con ese propósito debe declararse insubsistente.
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