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1852/2025Juzgado11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
Juzgado Quinto de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco, con residencia en Zapopan

La autoridad administrativa no puede actuar en contra de lo ordenado por una autoridad jurisdiccional, pues ello implicaría desconocer la eficacia de las resoluciones judiciales y la seguridad jurídica.

Expediente
1852/2025
Tribunal
Juzgado Quinto de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco, con residencia en Zapopan
Ponente
Lidiette Gil Vargas
Fecha
20 may 2026
Materia
civil
Sentido

Holding · resolución sintética

La autoridad administrativa no puede actuar en contra de lo ordenado por una autoridad jurisdiccional, pues ello implicaría desconocer la eficacia de las resoluciones judiciales y la seguridad jurídica.

Resumen

El presente juicio de amparo se sobresee en una parte y se concede en otra. La concesión se fundamenta en que una autoridad administrativa no puede actuar en contra de lo ordenado por una autoridad jurisdiccional. Esto se debe a que actuar en sentido contrario vulneraría la eficacia de las resoluciones judiciales y la seguridad jurídica, principios fundamentales del Estado de Derecho.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.