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4767/2023OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

La suspensión condicional de la ejecución de la pena de prisión no puede condicionarse al pago de la reparación del daño, pues ambos son beneficios distintos que pueden otorgarse de manera independiente.

Expediente
4767/2023
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA
Fecha
19 feb 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La suspensión condicional de la ejecución de la pena de prisión no puede condicionarse al pago de la reparación del daño, pues ambos son beneficios distintos que pueden otorgarse de manera independiente.

Resumen

El tribunal de apelación modificó la sentencia de primera instancia para permitir que el monto de la reparación del daño sea cubierto en 12 pagos mensuales, previa exhibición de garantía. Se consideró improcedente condicionar el sustitutivo de la pena de prisión o la suspensión condicional de la ejecución de la pena al pago de la reparación del daño, ya que son beneficios distintos que pueden otorgarse de manera independiente.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.