El juicio contencioso administrativo es improcedente contra la resolución del Instituto Mexicano del Seguro Social que determina la procedencia de ejercer la facultad de comprobación de visita domiciliaria ante irregularidades en el dictamen de un contador público autorizado, por no constituir una resolución definitiva que cause un perjuicio fiscal.
La resolución del Instituto Mexicano del Seguro Social que determina la procedencia de una visita domiciliaria ante irregularidades en un dictamen de contador público autorizado no es una resolución definitiva que cause un perjuicio fiscal. Por lo tanto, el juicio contencioso administrativo promovido en su contra es improcedente. El propósito de dicha resolución es verificar las irregularidades y determinar contribuciones omitidas, no establecer una obligación fiscal directa.
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