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773/2024NiegaSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

La inconstitucionalidad de la interrupción del plazo para que opere la caducidad de las facultades sancionatorias de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores es inoperante si la resolución se emite dentro de los cinco años establecidos para la caducidad.

Expediente
773/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
JAVIER LAYNEZ POTISEK
Fecha
5 jun 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La inconstitucionalidad de la interrupción del plazo para que opere la caducidad de las facultades sancionatorias de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores es inoperante si la resolución se emite dentro de los cinco años establecidos para la caducidad.

Resumen

El criterio establece que los argumentos sobre la inconstitucionalidad de la interrupción del plazo de caducidad de las facultades sancionatorias de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores son inoperantes si la resolución se emite dentro del plazo de cinco años. Esto se debe a que la interrupción del plazo, al no exceder el periodo de caducidad, no perjudica al infractor, haciendo irrelevante la discusión sobre su constitucionalidad.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.