Los agravios relacionados con el fondo del asunto son inconducentes en la revisión, cuando la sentencia recurrida concedió el amparo para el efecto de que la sala responsable dicte una nueva resolución, sin pronunciarse sobre el fondo.
En el presente caso, la sentencia de amparo recurrida concedió la protección federal para que la sala responsable emitiera una nueva resolución, sin abordar el fondo del asunto. Por lo tanto, los agravios expresados en la revisión que se refieren al fondo son inconducentes, ya que la sentencia impugnada no se pronunció sobre esa materia. El Tribunal Colegiado determinó que la inconformidad planteada no era apta para modificar la resolución recurrida.
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