La carga de la prueba de la solvencia económica del intermediario recae en el beneficiario directo de las obras o servicios, para liberarse de la responsabilidad solidaria prevista en el artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo.
El espíritu del artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo busca proteger a los trabajadores contra empresas efímeras. Si un trabajador alega la insolvencia de su patrón intermediario, esta alegación es suficiente para introducir el tema en la controversia. La carga de probar la solvencia económica del intermediario recae en el beneficiario directo de las obras o servicios, ya que el trabajador generalmente carece de los medios para demostrar dicha insolvencia.
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