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347/22-19-01-8OtroTFJA11ª Época✓ Fuente verificada
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TFJA · Sala Regional en Chiapas

La determinación de créditos fiscales por parte del INFONAVIT es ilegal cuando se basa en periodos que ya fueron objeto de un convenio de regularización fiscal, pues dicho convenio extingue la obligación y renuncia la autoridad a ejercer sus facultades de comprobación sobre los mismos.

Expediente
347/22-19-01-8
Tribunal
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Ponente
Fecha
9 oct 2025
Materia
fiscal
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La determinación de créditos fiscales por parte del INFONAVIT es ilegal cuando se basa en periodos que ya fueron objeto de un convenio de regularización fiscal, pues dicho convenio extingue la obligación y renuncia la autoridad a ejercer sus facultades de comprobación sobre los mismos.

Resumen

La Sala Regional en Chiapas del TFJA analiza la legalidad de un crédito fiscal determinado por el INFONAVIT. La actora impugnó la resolución argumentando que los adeudos fiscales correspondían a periodos ya cubiertos por un convenio de regularización fiscal celebrado previamente con el propio INFONAVIT. La Sala determinó que, al existir dicho convenio, la autoridad fiscal renunció a sus facultades de comprobación sobre los periodos pactados, por lo que la posterior determinación del crédito fiscal era ilegal y violatoria del principio de seguridad jurídica.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.