La determinación de créditos fiscales por parte del INFONAVIT es ilegal cuando se basa en periodos que ya fueron objeto de un convenio de regularización fiscal, pues dicho convenio extingue la obligación y renuncia la autoridad a ejercer sus facultades de comprobación sobre los mismos.
La Sala Regional en Chiapas del TFJA analiza la legalidad de un crédito fiscal determinado por el INFONAVIT. La actora impugnó la resolución argumentando que los adeudos fiscales correspondían a periodos ya cubiertos por un convenio de regularización fiscal celebrado previamente con el propio INFONAVIT. La Sala determinó que, al existir dicho convenio, la autoridad fiscal renunció a sus facultades de comprobación sobre los periodos pactados, por lo que la posterior determinación del crédito fiscal era ilegal y violatoria del principio de seguridad jurídica.
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