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132/2026—TCC11ª Época
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Decimoséptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito· tema sin holding extraído

Se desecha el recurso de revisión fiscal, porque la nulidad decretada por la Sala, fue por vicios formales, como es que las resoluciones impugnadas fueron emitidas fuera del plazo de seis meses que establece el artículo 50 del Código Fiscal de la Federación, lo que hace improcedente el recurso.Por tanto se declara sin materia el recurso de revisión adhesiva

Expediente
132/2026
Tribunal
Decimoséptimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito
Ponente
Ana Yadira Alarcón Márquez
Fecha
12 ago 2026
Materia
administrativa
Sentido

Tema · autorreporte del tribunal

Se desecha el recurso de revisión fiscal, porque la nulidad decretada por la Sala, fue por vicios formales, como es que las resoluciones impugnadas fueron emitidas fuera del plazo de seis meses que establece el artículo 50 del Código Fiscal de la Federación, lo que hace improcedente el recurso.Por tanto se declara sin materia el recurso de revisión adhesiva

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