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471/26-03-02-9ConcedeTFJA11ª Época✓ Fuente verificada
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TFJA · Segunda Sala Regional en Sinaloa

La falta de fundamentación de la competencia territorial de la autoridad emisora en un acto de molestia, al no citar los preceptos legales que la otorgan, genera la nulidad lisa y llana del acto, en contravención a las garantías de legalidad y seguridad jurídica.

Expediente
471/26-03-02-9
Tribunal
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Ponente
Fecha
5 jun 2026
Materia
fiscal
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La falta de fundamentación de la competencia territorial de la autoridad emisora en un acto de molestia, al no citar los preceptos legales que la otorgan, genera la nulidad lisa y llana del acto, en contravención a las garantías de legalidad y seguridad jurídica.

Resumen

El Tribunal Federal de Justicia Administrativa declaró la nulidad lisa y llana de una boleta de infracción emitida por un Agente de la Guardia Nacional. La nulidad se fundamentó en que la autoridad omitió citar los artículos específicos (10 y 3 del Acuerdo por el que se establecen las circunscripciones territoriales de las Coordinaciones Estatales de la Policía Federal) que acreditaban su competencia territorial para emitir el acto. Esta omisión vulnera la garantía de debida fundamentación de la competencia, consagrada en el artículo 16 constitucional y la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, dejando al particular en estado de indefensión.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.