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NiegaTCCNiega · revoca acto10ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Ejecutoria

La excepción de prescripción genérica, en materia de seguridad social, debe oponerse con fundamento en los artículos 279, fracción I, o 300, de la Ley del Seguro Social, según sea la abrogada o la vigente, respectivamente, pues la invocación del artículo 516 de la Ley Federal del Trabajo resulta improcedente.

Expediente
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
12 mar 2018
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La excepción de prescripción genérica, en materia de seguridad social, debe oponerse con fundamento en los artículos 279, fracción I, o 300, de la Ley del Seguro Social, según sea la abrogada o la vigente, respectivamente, pues la invocación del artículo 516 de la Ley Federal del Trabajo resulta improcedente.

Resumen

La contradicción de tesis analizó si la excepción de prescripción opuesta por el IMSS en juicios de seguridad social, al fundamentarse en el artículo 516 de la Ley Federal del Trabajo en lugar de la Ley del Seguro Social, debía declararse improcedente o si el tribunal debía aplicar la ley correcta. El Primer Tribunal Colegiado consideró que la improcedencia era la consecuencia de la incorrecta fundamentación, mientras que el Segundo Tribunal Colegiado estimó que el error era irrelevante, pues el tribunal debía aplicar el derecho correcto. El Pleno de Circuito determinó que la excepción de prescripción debe fundarse en la Ley del Seguro Social, ya que la Ley Federal del Trabajo no es aplicable en esta materia, por lo que la invocación incorrecta la hace improcedente.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.