La tortura alegada por el quejoso, al surgir años después de que se dictó sentencia firme, no puede ser analizada en el juicio de amparo.
El presente amparo directo se promovió contra una sentencia de apelación penal. La quejosa principal alegó diversos conceptos de violación, entre ellos, la supuesta tortura sufrida durante su declaración. Sin embargo, se determinó que dicho alegato de tortura surgió años después de que se dictó sentencia firme, por lo que no era susceptible de análisis en el juicio de amparo. A pesar de ello, se concedió el amparo liso y llano por otros conceptos de violación fundados, ordenando la inmediata y absoluta libertad de la quejosa.
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