Las Salas Regionales del Tribunal Fiscal de la Federación no pueden oficiosamente examinar ni valorar pruebas de juicios diversos, ni apoyar sus fallos en ellas, aun cuando las partes sean las mismas, pues las pruebas deben aportarse en cada caso para demostrar los hechos en que se fundan las acciones o excepciones.
El presente criterio establece que las Salas Regionales del Tribunal Fiscal de la Federación no tienen la facultad legal de examinar o valorar pruebas provenientes de juicios distintos, ni de basar sus resoluciones en ellas, incluso si las partes involucradas son las mismas. Esto se debe a que las pruebas deben ser ofrecidas y aportadas específicamente en cada proceso para sustentar las pretensiones o defensas de las partes, y no pueden invocarse pruebas de otros expedientes.
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