El amparo y protección de la Justicia de la Unión debe otorgarse cuando la autoridad responsable omite exponer las razones, motivos y circunstancias que sustentan la procedencia o improcedencia de una determinación, impidiendo al gobernado conocer los fundamentos legales de la misma.
El Tribunal Colegiado otorgó el amparo y protección de la Justicia de la Unión a la quejosa, al determinar que la autoridad responsable no expuso las razones, motivos y circunstancias necesarias para que la quejosa pudiera conocer los fundamentos legales de la determinación sobre la procedencia o improcedencia de su trámite de jubilación. La quejosa argumentó que la sentencia recurrida le causaba agravio al declarar la improcedencia del amparo por falta de interés jurídico, basándose en el artículo 61, fracción XXII, de la Ley de Amparo.
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