Los derechos por servicios de inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Notariado, establecidos en la Ley de Ingresos del Estado de Chihuahua para el ejercicio fiscal de 2013, no violan los principios de proporcionalidad y equidad tributaria al fijar una cuota fija por concepto de inscripción, independientemente de que posteriormente se aplique un estímulo fiscal sin relevancia impositiva.
El tribunal revisó la constitucionalidad de los derechos cobrados por inscripciones en el Registro Público de la Propiedad y del Notariado en Chihuahua. Se determinó que la fijación de una cuota fija de $15,000.00 por inscripción, aunque posteriormente se aplique un estímulo fiscal basado en el valor de la operación, avalúo o catastral, no contraviene los principios de proporcionalidad y equidad tributaria. Esto se debe a que el estímulo fiscal, al no incidir en los elementos esenciales del derecho (sujeto, objeto, base, tarifa, época de pago), se considera 'sin relevancia impositiva' y no debe ser analizado bajo dichos principios.
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