La compensación económica en el concubinato procede para regular desequilibrios patrimoniales derivados de la asignación de roles, sin que ello implique una liquidación de bienes.
El caso aborda la procedencia de la compensación económica en el concubinato para solventar desequilibrios patrimoniales surgidos por la distribución de roles dentro de la relación. El Tribunal Colegiado determinó que, si bien no procede una liquidación de bienes como en el matrimonio, sí es posible reclamar una compensación económica para mitigar las disparidades patrimoniales generadas por dichas dinámicas.
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