La negativa de la Secretaría de Economía para revocar un acuerdo de caducidad de una concesión minera, cuando se apoya en un error de cómputo del agente de minería y la Secretaría de Hacienda ya recibió el pago de los impuestos, viola el artículo 59 de la Ley del Impuesto a la Minería.
La Secretaría de Economía negó la revocación de un acuerdo de caducidad de una concesión minera. Sin embargo, esta negativa se basó en un error de cómputo del agente de minería. Adicionalmente, la Secretaría de Hacienda ya había recibido el pago de los impuestos correspondientes. Por lo tanto, la negativa de la Secretaría de Economía constituye una violación al artículo 59 de la Ley del Impuesto a la Minería.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.