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1377/23-16-01-3OtroTFJA11ª Época✓ Fuente verificada
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TFJA · Sala Regional en Yucatán

La notificación por estrados es ilegal cuando no se acredita que el contribuyente no sea localizable en su domicilio fiscal, o cuando no se cumplen las formalidades para dejar citatorio previo.

Expediente
1377/23-16-01-3
Tribunal
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Ponente
Fecha
8 sep 2025
Materia
fiscal
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La notificación por estrados es ilegal cuando no se acredita que el contribuyente no sea localizable en su domicilio fiscal, o cuando no se cumplen las formalidades para dejar citatorio previo.

Resumen

El Tribunal Federal de Justicia Administrativa determinó que la notificación por estrados de ciertos mandamientos de ejecución fue ilegal. La Sala Regional consideró que la autoridad no demostró que el contribuyente no fuera localizable en su domicilio fiscal, ni cumplió con la obligación de dejar un citatorio previo antes de proceder a la notificación por estrados. Por lo tanto, se declaró la ilegalidad de dichas notificaciones y se concedió la razón al actor en este aspecto.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.