Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Séptimo Circuito· tema sin holding extraído
Se declara infundado el recurso de queja, toda vez que el acto reclamado –resolución del recurso de revocación-, no tiene efectos de imposible reparación, habida cuenta que las secuelas que genera pueden extinguirse sin causar afectación alguna a sus derechos sustantivos, en caso de que obtenga sentencia favorable y, de no ser así, podría impugnar esas violaciones procesarles través del juicio de amparo directo.
Lo anterior con base en la jurisprudencia P./J. 1/2016 (10a.), de rubro: “CADUCIDAD DECRETADA EN LA PRIMERA INSTANCIA. LA RESOLUCIÓN QUE LA REVOCA NO CONSTITUYE UN ACTO DE IMPOSIBLE REPARACIÓN, POR LO QUE EN SU CONTRA NO PROCEDE EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO.”
Expediente
596/2025
Tribunal
Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Séptimo Circuito
Ponente
José Antonio Belda Rodríguez
Fecha
23 may 2026
Materia
civil
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
Se declara infundado el recurso de queja, toda vez que el acto reclamado –resolución del recurso de revocación-, no tiene efectos de imposible reparación, habida cuenta que las secuelas que genera pueden extinguirse sin causar afectación alguna a sus derechos sustantivos, en caso de que obtenga sentencia favorable y, de no ser así, podría impugnar esas violaciones procesarles través del juicio de amparo directo.
Lo anterior con base en la jurisprudencia P./J. 1/2016 (10a.), de rubro: “CADUCIDAD DECRETADA EN LA PRIMERA INSTANCIA. LA RESOLUCIÓN QUE LA REVOCA NO CONSTITUYE UN ACTO DE IMPOSIBLE REPARACIÓN, POR LO QUE EN SU CONTRA NO PROCEDE EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO.”
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.