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20/2025-CAOtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

El Poder Ejecutivo de una entidad federativa carece de interés legítimo para promover controversia constitucional en contra del desechamiento de observaciones formuladas a la cuenta pública de un municipio, al no tener facultades constitucionales para realizar dichas observaciones.

Expediente
20/2025-CA
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ALBERTO PÉREZ DAYÁN
Fecha
4 jun 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

El Poder Ejecutivo de una entidad federativa carece de interés legítimo para promover controversia constitucional en contra del desechamiento de observaciones formuladas a la cuenta pública de un municipio, al no tener facultades constitucionales para realizar dichas observaciones.

Resumen

El Poder Ejecutivo del Estado de Nuevo León promovió controversia constitucional contra el desechamiento de sus observaciones a la Cuenta Pública de un Instituto Municipal. La Suprema Corte determinó que el Poder Ejecutivo carece de interés legítimo para impugnar dicho desechamiento, ya que la Constitución local no le otorga facultades para realizar observaciones sobre asuntos de índole municipal, como la fiscalización de cuentas públicas de los municipios. Por lo tanto, el desechamiento de observaciones sobre un tema municipal no afecta una competencia del Poder Ejecutivo actor.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.