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6058/2025OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PLENO

La interpretación directa de los principios de concentración, continuidad e inmediación del proceso penal, previstos en el artículo 20, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, debe ponderarse con los derechos de la víctima que se dicen afectados.

Expediente
6058/2025
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
GIOVANNI AZAEL FIGUEROA MEJÍA
Fecha
13 may 2026
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La interpretación directa de los principios de concentración, continuidad e inmediación del proceso penal, previstos en el artículo 20, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, debe ponderarse con los derechos de la víctima que se dicen afectados.

Resumen

El presente caso aborda la interpretación de los principios de concentración, continuidad e inmediación del proceso penal, consagrados en el artículo 20, primer párrafo, de la Constitución. Se busca establecer cómo estos principios deben ser ponderados frente a los derechos de las víctimas que pudieran verse afectados durante el desarrollo del proceso. La resolución enfatiza la necesidad de un equilibrio entre la eficiencia procesal y la protección de los derechos fundamentales de las partes involucradas, especialmente de la víctima.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.