La multa impuesta al contribuyente por el incumplimiento de diversas obligaciones verificadas durante una visita domiciliaria, no carece de sustento jurídico por el hecho de que el apercibimiento genérico contenido en la orden de verificación no especifique las medidas de apremio a imponer, ni cite el precepto legal que las prevea, si no existe relación entre dicho apercibimiento y la multa, y esta última se fundamenta en hechos distintos derivados del ejercicio de facultades de comprobación.
El presente caso analiza la validez de una multa impuesta a un contribuyente por no expedir comprobantes fiscales. El contribuyente argumentó que la multa era improcedente debido a que el apercibimiento genérico en la orden de verificación no especificaba las medidas de apremio ni citaba el precepto legal correspondiente. Sin embargo, el tribunal determinó que la multa era válida, ya que no existía relación entre el apercibimiento y la sanción, y esta última se basaba en hechos concretos derivados del ejercicio de las facultades de comprobación de la autoridad fiscal, específicamente la omisión de expedir comprobantes fiscales, conducta sancionada por el Código Fiscal de la Federación.
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