Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito· tema sin holding extraído
Proporción del impuesto al valor agregado acreditable, respecto de los ingresos exentos manifestados para efectos del impuesto sobre la renta. 1. Contrario a lo expuesto por la quejosa, en el periodo materia de la solicitud de devolución de saldo a favor, sí obtuvo, además de ingresos acumulables, ingresos exentos, por lo que era necesario que la fiscalizadora determinara la proporción citada; 2. Las contribuciones se causan al momento en que se realizan las situaciones jurídicas o de hecho previstas en las leyes fiscales y no cuando se presenta la declaración del ejercicio y el pago del tributo; 3. Lo relevante para calcular la proporción de que se trata, son los ingresos obtenidos y los exentos causados durante el periodo sobre el que se solicitó la devolución.
Expediente
6/2023
Tribunal
Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito
Ponente
Sin Valor Sin Valor Sin Valor
Fecha
11 may 2023
Materia
administrativa
Sentido
niega
Tema · autorreporte del tribunal
Proporción del impuesto al valor agregado acreditable, respecto de los ingresos exentos manifestados para efectos del impuesto sobre la renta. 1. Contrario a lo expuesto por la quejosa, en el periodo materia de la solicitud de devolución de saldo a favor, sí obtuvo, además de ingresos acumulables, ingresos exentos, por lo que era necesario que la fiscalizadora determinara la proporción citada; 2. Las contribuciones se causan al momento en que se realizan las situaciones jurídicas o de hecho previstas en las leyes fiscales y no cuando se presenta la declaración del ejercicio y el pago del tributo; 3. Lo relevante para calcular la proporción de que se trata, son los ingresos obtenidos y los exentos causados durante el periodo sobre el que se solicitó la devolución.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.