Los agravios en la revisión deben invocar las disposiciones legales violadas y relacionarlas con los conceptos de inconformidad, pero si de los motivos de inconformidad se infiere la referencia a artículos aplicados inexactamente, la Corte debe analizarlos.
El presente criterio establece que para que los agravios en un recurso de revisión sean considerados, deben citar los preceptos legales infringidos y relacionarlos con los argumentos expuestos. Sin embargo, se hace una excepción cuando de los propios motivos de inconformidad se desprende que el recurrente se refiere a artículos aplicados de manera incorrecta por el tribunal de instancia, caso en el cual la Corte debe proceder a su análisis.
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