La identificación plena del personal aduanero que practica el reconocimiento de mercancías es un requisito esencial para la validez de dicho acto y de la resolución que de él emana, en aras de garantizar la seguridad jurídica del gobernado.
La Segunda Sala Regional en Baja California del Tribunal Federal de Justicia Administrativa declaró la nulidad de una resolución que determinó un crédito fiscal. La nulidad se fundamentó en la insuficiente identificación del verificador aduanero que practicó el reconocimiento de mercancías, al omitirse asentar el oficio de autorización correspondiente. El Tribunal aplicó la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que exige la plena identificación del personal actuante para salvaguardar el derecho a la seguridad jurídica del contribuyente. En consecuencia, se ordenó la devolución del crédito fiscal pagado, con actualizaciones e intereses.
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