La nulidad lisa y llana de una boleta de infracción procede cuando la autoridad emisora omite identificar debidamente a su personal actuante, contraviniendo el principio de seguridad jurídica del gobernado.
El Tribunal Federal de Justicia Administrativa declaró la nulidad lisa y llana de una boleta de infracción emitida por la Guardia Nacional. La decisión se basó en que el elemento que levantó la infracción no se identificó debidamente, lo cual contraviene el principio de seguridad jurídica consagrado en el artículo 16 constitucional. La autoridad demandada no probó la correcta identificación del servidor público, incurriendo en una omisión que imposibilita la subsanación del acto, dado que la infracción es de agotamiento instantáneo.
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