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1306/2024OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver sobre el ejercicio de la facultad de atracción, debe considerar las particularidades excepcionales y trascendentes del caso, sin limitarse únicamente a la materia del asunto.

Expediente
1306/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LORETTA ORTIZ AHLF
Fecha
19 feb 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver sobre el ejercicio de la facultad de atracción, debe considerar las particularidades excepcionales y trascendentes del caso, sin limitarse únicamente a la materia del asunto.

Resumen

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó no ejercer su facultad de atracción para conocer de un amparo en revisión. La decisión se basó en la falta de elementos constitucionales o legales que definan claramente cuándo un asunto reviste interés, trascendencia o características especiales que justifiquen dicha atracción. Se citó jurisprudencia que enfatiza la necesidad de evaluar las peculiaridades excepcionales y trascendentes del caso particular.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.