Los agravios en amparo en revisión de estricto derecho deben plantear una infracción a la ley, siendo insuficientes si no se citan los preceptos legales violados en la resolución recurrida.
En el amparo en revisión, cuando la materia es de estricto derecho, los agravios deben enfocarse en la infracción de la ley. Si el recurrente no cita los artículos legales que considera violados en la resolución impugnada, sus agravios resultan insuficientes. La cita de artículos que regulan la sustanciación del recurso, como los artículos 82, 83 y 84 de la Ley de Amparo, no subsana esta deficiencia, ya que la infracción a estos preceptos no puede ser atribuida al juez de Distrito.
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