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275/2025NiegaSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PLENO

El recurso de reclamación debe interponerse por escrito y expresar los agravios correspondientes dentro del plazo legal establecido, el cual se computa a partir de la notificación de la resolución impugnada.

Expediente
275/2025
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
MARÍA ESTELA RÍOS GONZÁLEZ
Fecha
29 oct 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

El recurso de reclamación debe interponerse por escrito y expresar los agravios correspondientes dentro del plazo legal establecido, el cual se computa a partir de la notificación de la resolución impugnada.

Resumen

El presente asunto deriva de un recurso de reclamación interpuesto contra un auto. El recurrente argumentó que no fue notificado y que interpuso su recurso y agravios dentro del plazo, depositándolos en el buzón de SEPOMEX. Sin embargo, la Corte determinó que el recurso de reclamación debe presentarse por escrito y expresar agravios dentro de los tres días siguientes a la notificación de la resolución impugnada, estableciendo así el plazo y la forma de interposición del recurso.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.