El recurso de reclamación debe interponerse por escrito y expresar los agravios correspondientes dentro del plazo legal establecido, el cual se computa a partir de la notificación de la resolución impugnada.
El presente asunto deriva de un recurso de reclamación interpuesto contra un auto. El recurrente argumentó que no fue notificado y que interpuso su recurso y agravios dentro del plazo, depositándolos en el buzón de SEPOMEX. Sin embargo, la Corte determinó que el recurso de reclamación debe presentarse por escrito y expresar agravios dentro de los tres días siguientes a la notificación de la resolución impugnada, estableciendo así el plazo y la forma de interposición del recurso.
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