La justicia de la unión ampara y protege a la persona moral quejosa, por los motivos precisados en el considerando séptimo, y para los efectos expuestos en el considerando octavo de la resolución constitucional que ahora se dicta.
El Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Baja California, con residencia en Mexicali, sobresee el juicio de amparo promovido por una sociedad anónima de capital variable, en atención a los razonamientos expuestos en los considerandos tercero y quinto. Posteriormente, la Justicia de la Unión ampara y protege a la misma sociedad, por los motivos precisados en el considerando séptimo y para los efectos señalados en el considerando octavo de la resolución.
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