La justicia de la unión no ampara ni protege al promovente en contra del acto reclamado, toda vez que el artículo 25 de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2018, al establecer la obligación de los contribuyentes de presentar el aviso deനെയും de los recursos o bienes que obren en el extranjero, no contraviene el derecho de petición, pues dicho precepto no impide la formulación de peticiones a las autoridades, sino que impone una obligación de informar a la autoridad fiscal sobre la existencia de activos en el extranjero, lo cual es una facultad del Estado para fiscalizar y controlar los recursos de los contribuyentes, sin que ello implique una restricción o limitación al derecho de petición.
El tribunal determina que el artículo 25 de la Ley de Ingresos de la Federación para 2018, que obliga a los contribuyentes a informar sobre sus bienes en el extranjero, no viola el derecho de petición. La obligación de informar no impide la formulación de peticiones a las autoridades, sino que es una facultad del Estado para fiscalizar y controlar los recursos, sin restringir el derecho de los gobernados a solicitar información o a que se les resuelva sobre lo solicitado.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.