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SJF · Ejecutoria

El juicio de nulidad es improcedente contra la resolución que desecha una reclamación por responsabilidad patrimonial del Estado, al actualizarse la prescripción del plazo para su interposición, pues dicha determinación no constituye una resolución de fondo del asunto.

Expediente
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
25 ene 2016
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

El juicio de nulidad es improcedente contra la resolución que desecha una reclamación por responsabilidad patrimonial del Estado, al actualizarse la prescripción del plazo para su interposición, pues dicha determinación no constituye una resolución de fondo del asunto.

Resumen

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que el desechamiento de una reclamación por responsabilidad patrimonial del Estado, debido a la prescripción del plazo para su interposición, no es impugnable a través del juicio contencioso administrativo. Esto se debe a que dicha resolución no resuelve el fondo del asunto, sino que se limita a declarar la improcedencia procesal del reclamo por no haberse ejercido en tiempo. Por lo tanto, el gobernado debe acudir al juicio de amparo indirecto para combatir tales desechamientos.

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