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SJF · Ejecutoria

La regla I.3.3.1.16. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014 es de naturaleza autoaplicativa, pues con su sola entrada en vigor vincula al contribuyente a modificar sus decisiones financieras y contables para evitar perjuicios.

Expediente
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
6 jun 2016
Materia
sin clasificar
Sentido

Holding · resolución sintética

La regla I.3.3.1.16. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014 es de naturaleza autoaplicativa, pues con su sola entrada en vigor vincula al contribuyente a modificar sus decisiones financieras y contables para evitar perjuicios.

Resumen

Este asunto versa sobre la naturaleza autoaplicativa o heteroaplicativa de la regla I.3.3.1.16. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2014, la cual establece el procedimiento para cuantificar la proporción de ingresos exentos respecto del total de remuneraciones para efectos de la deducción de pagos a trabajadores. El Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito determinó que la regla es autoaplicativa, ya que obliga al contribuyente a modificar sus operaciones desde su entrada en vigor para evitar una deducción menor. En contraste, el Décimo Tribunal Colegiado en la misma materia consideró que es heteroaplicativa, requiriendo un acto de aplicación concreto, como la presentación de la declaración anual, para que se actualice el perjuicio.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.