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810/2024OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

El recurso de revisión en amparo directo es procedente cuando la sentencia recurrida decide sobre la constitucionalidad de una norma general o la interpretación directa de un precepto constitucional, o bien omite su estudio cuando fue planteado, y el asunto reviste un interés excepcional en materia constitucional o de derechos humanos.

Expediente
810/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
LORETTA ORTIZ AHLF
Fecha
16 oct 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

El recurso de revisión en amparo directo es procedente cuando la sentencia recurrida decide sobre la constitucionalidad de una norma general o la interpretación directa de un precepto constitucional, o bien omite su estudio cuando fue planteado, y el asunto reviste un interés excepcional en materia constitucional o de derechos humanos.

Resumen

El presente asunto se refiere a la procedencia del recurso de revisión en amparo directo, interpuesto contra una sentencia que negó el amparo solicitado. La parte quejosa alegó la inconstitucionalidad de un artículo del Código de Comercio. La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza los requisitos de procedencia del recurso de revisión, conforme a los artículos 107, fracción IX, de la Constitución Federal y 81, fracción II, de la Ley de Amparo, para determinar si el caso amerita ser conocido por el Alto Tribunal.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.