Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Noveno Circuito· tema sin holding extraído
Se actualiza la causal de improcedencia prevista en el artículo 61, fracción XXII, de la Ley de Amparo, conforme a lo previsto en la fracción V del numeral 63 del mismo ordenamiento legal, pues aun cuando el laudo reclamado subsiste, lo cierto es que no puede surtir efecto legal alguno sobre la esfera jurídica del promovente del amparo, debido a la celebración de convenio entre las partes.
Expediente
634/2024
Tribunal
Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Noveno Circuito
Ponente
Erika Acuña Reyes
Fecha
19 may 2026
Materia
laboral
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
Se actualiza la causal de improcedencia prevista en el artículo 61, fracción XXII, de la Ley de Amparo, conforme a lo previsto en la fracción V del numeral 63 del mismo ordenamiento legal, pues aun cuando el laudo reclamado subsiste, lo cierto es que no puede surtir efecto legal alguno sobre la esfera jurídica del promovente del amparo, debido a la celebración de convenio entre las partes.
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