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372/2018OtroSCJN10ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

Las instituciones de enseñanza privada, para ser consideradas no contribuyentes del ISR, deben contar con autorización del SAT para recibir donativos deducibles, lo que permite un control y fiscalización de las autoridades hacendarias y asegura transparencia en sus ingresos.

Expediente
372/2018
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA
Fecha
10 feb 2021
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

Las instituciones de enseñanza privada, para ser consideradas no contribuyentes del ISR, deben contar con autorización del SAT para recibir donativos deducibles, lo que permite un control y fiscalización de las autoridades hacendarias y asegura transparencia en sus ingresos.

Resumen

El Ejecutivo Federal propone que las instituciones de enseñanza privada sean consideradas no contribuyentes del ISR, siempre que obtengan autorización del SAT para recibir donativos deducibles. Esta medida busca evitar abusos en perjuicio del erario, permitiendo un mayor control y fiscalización por parte de las autoridades hacendarias, así como asegurar un marco de transparencia sobre los ingresos que reciben estas instituciones.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.