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163/2023TCC11ª Época✓ Fuente verificada
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Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Noveno Circuito· tema sin holding extraído

La Justicia de la Unión ampara y protege a la parte quejosa La quejosa realizó diversas deducciones bajo el concepto de “costo de lo vendido” respecto del ISR e IETU para el ejercicio fiscal de 2011, mismas que fueron rechazadas por la autoridad exactora, Se determina que asiste razón a la promovente ya que:por un lado, el momento de la deducción respectiva se actualiza de forma anual; y, por otro, la fecha de las facturas no es determinante para establecer los ingresos; y, las descripciones amparadas en las facturas son suficientes para cumplir con el requisito a que se refiere el artículo 29, fracción V, del Código Fiscal de la Federación.

Expediente
163/2023
Tribunal
Tercer Tribunal Colegiado del Vigésimo Noveno Circuito
Ponente
Pedro Gámiz Suárez
Fecha
26 jun 2024
Materia
administrativa
Sentido

Tema · autorreporte del tribunal

La Justicia de la Unión ampara y protege a la parte quejosa La quejosa realizó diversas deducciones bajo el concepto de “costo de lo vendido” respecto del ISR e IETU para el ejercicio fiscal de 2011, mismas que fueron rechazadas por la autoridad exactora, Se determina que asiste razón a la promovente ya que:por un lado, el momento de la deducción respectiva se actualiza de forma anual; y, por otro, la fecha de las facturas no es determinante para establecer los ingresos; y, las descripciones amparadas en las facturas son suficientes para cumplir con el requisito a que se refiere el artículo 29, fracción V, del Código Fiscal de la Federación.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.