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379/2022ConcedeTCC11ª Época✓ Fuente verificada
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Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito

La sentencia que resuelve un recurso de revocación y los oficios que imponen multas por declaraciones extemporáneas son actos de naturaleza formalmente administrativa, pero materialmente de naturaleza fiscal, por lo que su impugnación debe tramitarse ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

Expediente
379/2022
Tribunal
Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Sexto Circuito
Ponente
Carlos Alfredo Soto Morales
Fecha
14 mar 2024
Materia
administrativa
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La sentencia que resuelve un recurso de revocación y los oficios que imponen multas por declaraciones extemporáneas son actos de naturaleza formalmente administrativa, pero materialmente de naturaleza fiscal, por lo que su impugnación debe tramitarse ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

Resumen

El tribunal colegiado amparó a la parte actora contra la sentencia que declaró la validez de la resolución de un recurso de revocación y oficios que impusieron multas por declaraciones extemporáneas. El amparo se concedió para el efecto de que se reconozca la naturaleza fiscal de los actos impugnados, los cuales, si bien son formalmente administrativos, materialmente son de índole fiscal, debiendo ser tramitados ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.