La participación de una Ministra como Consejera Jurídica del Ejecutivo Federal en asuntos diversos a la ejecución de sentencias internacionales, no genera por sí sola una causa de impedimento para conocer de un expediente sobre recepción de dichas sentencias, al no existir identidad temática ni prejuzgamiento.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió sobre una solicitud de impedimento en contra de una Ministra. Los promoventes argumentaron que la Ministra, en su anterior cargo como Consejera Jurídica del Ejecutivo Federal, había intervenido en asuntos relacionados con la prisión preventiva oficiosa, lo que, según ellos, generaba un riesgo de imparcialidad en un expediente sobre recepción de sentencias internacionales. Sin embargo, la Corte determinó que no existía identidad temática entre los asuntos mencionados y el expediente en cuestión, y que la participación previa de la Ministra no demostraba prejuzgamiento ni parcialidad, por lo que el impedimento no procedía.
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