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1711/2026OtroJuzgado11ª Época✓ Fuente verificada
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Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México

El conocimiento previo de un asunto por un órgano jurisdiccional, derivado de su recepción electrónica, actualiza la hipótesis de turno correspondiente, obligando a la consulta y posible aceptación de competencia por parte del juzgado previamente notificado.

Expediente
1711/2026
Tribunal
Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México
Ponente
Fernando Manuel Carbajal Hernández
Fecha
18 may 2026
Materia
laboral
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

El conocimiento previo de un asunto por un órgano jurisdiccional, derivado de su recepción electrónica, actualiza la hipótesis de turno correspondiente, obligando a la consulta y posible aceptación de competencia por parte del juzgado previamente notificado.

Resumen

El presente caso se relaciona con el turno de una demanda de amparo recibida vía electrónica. El juzgado determinó que, al haber sido presentada la demanda a través del Portal de Servicios en Línea, se actualiza la hipótesis de "turno por conocimiento previo" prevista en el Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal. Por ello, se habilitó la consulta del expediente electrónico para que el juzgado previamente notificado (Juzgado Tercero de Distrito en Materia de Trabajo en la Ciudad de México) determine si acepta o rechaza la competencia planteada.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.