La competencia para otorgar exenciones y reducciones de impuestos, conforme a la Ley de Fomento de Industrias de Transformación, recae conjuntamente en las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de Economía, por lo que la declaratoria de exención debe ajustarse a la resolución emitida por la Secretaría de Economía que declara a una industria como nueva.
La presente revisión fiscal aborda la competencia para otorgar beneficios fiscales bajo la Ley de Fomento de Industrias de Transformación. Se determina que, a pesar de los términos literales del artículo 5o., la facultad de conceder exenciones y reducciones no es exclusiva de la Secretaría de Hacienda, sino que recae conjuntamente en esta y la Secretaría de Economía. Por lo tanto, una declaratoria de exención debe apegarse a la resolución emitida por la Secretaría de Economía que declara a una industria como nueva.
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