Las Salas Regionales del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa no pueden examinar oficiosamente la competencia de las autoridades administrativas de manera ilimitada, aun cuando una sentencia anterior haya sido revocada, pues dicho análisis debe ceñirse a los límites establecidos por la ley y la propia resolución que ordenó la reposición del procedimiento.
El presente criterio aborda la facultad de las Salas Regionales del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa para analizar la competencia de las autoridades administrativas. Se establece que dicha facultad no es ilimitada, incluso si una sentencia previa fue revocada. El análisis de competencia debe realizarse dentro de los marcos legales y los alcances de la resolución que ordenó la reposición del procedimiento, evitando un escrutinio oficioso sin restricciones.
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