El recurso de revisión en amparo directo procede excepcionalmente cuando el asunto reviste un interés excepcional en materia constitucional o de derechos humanos, conforme a las modificaciones introducidas por la reforma constitucional de once de marzo de dos mil veintiuno.
El presente amparo directo en revisión aborda la procedencia del recurso extraordinario contra sentencias dictadas en amparo directo. Se analiza que, tras la reforma constitucional de 2021, dicho recurso solo procede si el asunto reviste un interés excepcional en materia constitucional o de derechos humanos. La Suprema Corte establece que la materia del recurso se limita a las cuestiones propiamente constitucionales planteadas.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.