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388/2025TCC11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
Tribunal Colegiado de Apelación del Decimosegundo Circuito, con residencia en Culiacán

La detención de una persona es legal cuando se realiza con motivo de una inspección derivada de una sospecha razonada, conforme a lo dispuesto en el artículo 268 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

Expediente
388/2025
Tribunal
Tribunal Colegiado de Apelación del Decimosegundo Circuito, con residencia en Culiacán
Ponente
José Luis Macías Márquez
Fecha
21 may 2026
Materia
sin clasificar
Sentido

Holding · resolución sintética

La detención de una persona es legal cuando se realiza con motivo de una inspección derivada de una sospecha razonada, conforme a lo dispuesto en el artículo 268 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

Resumen

Se revoca la determinación judicial que calificó de no legal la detención de un imputado. El tribunal considera que la detención fue legal al haberse realizado con motivo de una inspección, la cual se fundamentó en una sospecha razonada, cumpliendo así con los requisitos establecidos en el artículo 268 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.