La calidad de autoridad responsable para efectos del juicio de amparo se actualiza cuando un ente público, en ejercicio de sus facultades decisorias, emite actos unilaterales que crean, modifican o extinguen situaciones jurídicas que afectan la esfera legal del gobernado, sin que ello comprenda las relaciones laborales entre el Estado y sus servidores públicos, las cuales deben dilucidarse ante tribunales ordinarios.
El Juzgado Octavo de Distrito en el Estado de Oaxaca desechó de plano una demanda de amparo promovida contra el Director General del Instituto Estatal de Educación Pública de Oaxaca (IEEPO), por la retención de salario. El juzgador determinó que el IEEPO no ostenta el carácter de autoridad responsable para efectos del juicio de amparo, ya que el acto reclamado se deriva de una relación laboral y no de un ejercicio de facultades de imperio. Por lo tanto, la controversia debe ser resuelta ante los tribunales laborales competentes.
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