La incompetencia por materia se actualiza cuando los actos reclamados y la autoridad responsable son de naturaleza administrativa, aun cuando deriven de la ejecución de una sentencia.
El Tribunal Colegiado determinó que carece de competencia para conocer de un recurso de revisión, ya que los actos reclamados, aunque derivados de la ejecución de una sentencia, fueron emitidos por una autoridad administrativa y se relacionan con un procedimiento de esa índole. Por lo tanto, el asunto debe ser remitido al tribunal colegiado especializado en materia administrativa.
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