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SJF · Tesis

Las actas de visita domiciliaria, por regla general, no son impugnables en amparo indirecto por ser actos de trámite; sin embargo, excepcionalmente sí lo son cuando el planteamiento incida en la afectación a los derechos fundamentales de inviolabilidad e intimidad del domicilio y de protección de datos, al tratarse de actos de imposible reparación.

Expediente
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
5 ago 2016
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

Las actas de visita domiciliaria, por regla general, no son impugnables en amparo indirecto por ser actos de trámite; sin embargo, excepcionalmente sí lo son cuando el planteamiento incida en la afectación a los derechos fundamentales de inviolabilidad e intimidad del domicilio y de protección de datos, al tratarse de actos de imposible reparación.

Resumen

La presente tesis establece que las actas de visita domiciliaria, por regla general, no son susceptibles de impugnación a través del amparo indirecto, al considerarse actos de trámite que no culminan la vía administrativa. No obstante, se exceptúa esta regla cuando la impugnación se relacione con la posible afectación a los derechos fundamentales de inviolabilidad e intimidad del domicilio, así como a la protección de datos personales, supuestos en los cuales sí procedería el amparo indirecto por tratarse de actos de imposible reparación.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.