La prórroga opera exclusivamente respecto de la jurisdicción y nunca respecto de la ley, pues el pacto federal protege la integridad territorial de las entidades federativas de la aplicación de leyes de otras entidades federativas, que pudieran modificar o alterar el régimen anterior o los límites geopolíticos de las entidades federativas mediante su apropiación, adjudicación o incluso cambio de destino.
El presente caso se relaciona con un recurso de reposición en el que se discutió la procedencia de un incidente sobre alegatos respecto a una excepción de incompetencia. La Sala Civil determinó inadmisible el incidente, considerando que la excepción ya había sido resuelta y las alegaciones del inconforme tomadas en cuenta, por lo que no existía estado de indefensión. Adicionalmente, se aborda la cuestión de la prórroga de jurisdicción frente a la ley, estableciendo que la prórroga se limita a la jurisdicción y no a la ley, en virtud del pacto federal que protege la integridad territorial de las entidades federativas.
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