La facultad de atracción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación debe ejercerse considerando las peculiaridades excepcionales y trascendentes del caso particular, y no únicamente la materia del asunto.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver sobre el ejercicio de su facultad de atracción, debe ponderar las características únicas y de gran relevancia de cada caso específico. Esto se fundamenta en la interpretación de diversos artículos constitucionales y legales que rigen la competencia del Alto Tribunal, y se distingue de criterios previos que podrían haber enfocado la decisión únicamente en la naturaleza general del tema legal involucrado.
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